Hace años que Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias A.C. (TIC AC), el cuarto operador de telefonía móvil de México, lucha para ofrecer servicios de telecomunicaciones a las personas más desfavorecidas de México, concretamente a las 18 comunidades indígenas que la componen. Hoy TIC AC, impulsada por Rhizomatica y Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad A.C., organizaciones que ayudan a comunidades a construir y gestionar sus propias infraestructuras de comunicaciones de código abierto y bajo costo, celebra una victoria histórica: la exención del pago de derechos por uso del espectro radioeléctrico.
Desde 2016, cuando lograron la primera concesión de espectro radioeléctrico, estas organizaciones sin fines de lucro han enfrentado diversos obstáculos y prejuicios. “De no ser por la tenacidad que han demostrado en los tribunales, el proceso no habría resultado en esta victoria”, señala Carlos Rey-Moreno, Coordinador de políticas y regulación de acceso local del proyecto de Redes comunitarias de APC. “Hubo momentos que parecían insalvables, como cuando el Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitó a TIC el pago por el otorgamiento y explotación del espectro”.
Tras la solicitud del Instituto, TIC impugnó el cobro. El 13 de enero de 2021 la Suprema Corte dio la razón a las comunidades, decidiendo por unanimidad su exención.
El resultado de años de lucha de las comunidades
“La Constitución mexicana otorga a los pueblos y comunidades indígenas espacios para entablar diálogos que les permitan evitar la asimilación cultural y debatir internamente sus propios procesos de representación”, cuenta Erick Huerta, coordinador de relaciones institucionales de Rhizomatica, en conversación con APC, en plena celebración de esta victoria. “Como parte de ese principio, el Estado debe crear condiciones que permitan a las comunidades adquirir y administrar sus propios medios de comunicación”, señala.
Al preguntarle por sus primeras reacciones a la sentencia, Huerta destaca el alivio tras años de peleas burocráticas y la satisfacción de ver plasmados en la sentencia preceptos que son fruto de la batalla que se ha dado desde las comunidades, sobre todo a través de radios comunitarias. “Esto supone una acción afirmativa en beneficio de los pueblos y comunidades indígenas, históricamente discriminados y violentados, y a la vez sienta un precedente jurídico. A partir de ahora todas las normativas que supongan obstáculos en este sentido deberán ser revisadas”, señala.
En palabras de Valeria Betancourt, directora del Programa de políticas de información y comunicación de APC, esta sentencia refuerza la idea de que la tecnología debe contribuir a mejorar significativamente la vida de las personas, y por ello debe ser abordada a través del lente de las exclusiones e inequidades sociales, económicas y culturales. “Solo así es posible apuntalar la capacidad de las comunidades para autogestionar la necesidad de comunicar, ser informadas y autodeterminar la manera en la que usan y habitan los espacios y tecnologías digitales”, señala.
En esa victoria contra la exclusión y por la equidad, Huerta señala la centralidad de las propias comunidades. “Formamos parte de un movimiento de comunicadores/as indígenas que lleva años trabajando, día a día, incansables. El triunfo se lo debemos a las propias comunidades, a los pueblos indígenas que con mucha tenacidad y diferentes estrategias y herramientas no dejan de luchar por el reconocimiento de sus derechos”.