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Las comunidades que construyen y gestionan sus propias infraestructuras de comunicaciones de código abierto y bajo costo celebraron en enero de 2021 una victoria histórica: la exención del pago de derechos por uso del espectro radioeléctrico. Meses después de aquella sentencia, REDES A.C., organización colaboradora de APC en nuestro trabajo en torno a redes comunitarias, analiza en un artículo titulado "Una política de la diferencia" los alcances de la tesis de la Corte en el juicio de amparo de Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias frente al cobro por derechos de uso de espectro.

Una política de la diferencia para atajar la discriminación

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México resolvió el 13 de enero amparar y proteger a Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias AC (TIC AC), el primer operador indígena de telefonía móvil, contra el cobro de derechos por uso de espectro radioeléctrico. Un cobro al que el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Secretaría de Hacienda del país consideraban que el operador indígena estaba obligado en los mismos términos que cualquier operador, a pesar de ser un servicio no comercial enfocado a atender áreas históricamente desatendidas.

Según REDES A.C., la resolución de la Corte no sólo deja sin efecto el cobro que se pretendía hacer, sino que sienta un precedente esencial al que la propia Corte se refirió como "una política de la diferencia". Es decir, la instauración de medidas de remediación de una práctica de discriminación sistemática y sistémica.

Para cumplir  las obligaciones constitucionales en favor de los pueblos indígenas, establece la resolución, se requieren todas las medidas legislativas y reglamentarias necesarias para que dichos pueblos alcancen el pleno ejercicio del derecho tutelado:

Este derecho constitucional ancla sus raíces en el reconocimiento del valor del multiculturalismo y constitucionaliza la obligación de diseñar una política de la diferencia, para reconciliar el valor universal de los derechos humanos con la composición pluricultural de la sociedad mexicana. Así, el legislador está obligado a reglamentar instrumentos para que las minorías defiendan su identidad y reclamen reconocimiento.

Este precedente, el de la "política de la diferencia" que obliga a las autoridades a atender a la situación de discriminación y establecer todas las medidas necesarias para su remediación, puede suponer un antes y un después para la expansión de redes comunitarias en otros contextos, más necesarias si cabe a medida que aumentan las comunidades vulnerables como consecuencia de la pandemia de COVID-19.

Imagen: Semillero de Redes Comunitarias del Abya Yala. Cherán K’eri, Michoacán, México.

 

Más información

REDES A.C., Una política de la diferencia: alcances de la tesis de la SCJN en el juicio de amparo de Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias frente al cobro por derechos de uso de espectro

Proyecto Conectar lo no conectado: apoyo a las redes comunitarias y otras iniciativas de conectividad con base en la comunidad

Boletín Redes comunitarias y acceso local (suscríbete aquí).

Publicación (en inglés) Expanding the telecommunications operators ecosystem: Policy and regulatory guidelines to enable local operators